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SdA: Unidad de Programación Vs Unidad Didáctica





Si hubiera que resaltar un único elemento de las muchas novedades que nos ha traído la LOMLOE, este sería sin lugar a dudas las populares “Situaciones de aprendizaje”.


Comprender en profundidad dichas situaciones, o Unidades Didácticas Competenciales como a veces las suelo llamar, va más allá de entender cómo trabajarlas y llevarlas a cabo ya que también hay que entender cómo se relaciona con otros elementos curriculares o incluso con otros conceptos como las propias Unidades didácticas o, mejor dicho, Unidades de Programación (concepto asociado a un enfoque competencial).


Pues bien, independientemente de que tengamos más o menos claro como elaborarlas, en Andalucía tenemos un problema añadido con el que no se han topado en otras comunidades… ¡¡la forma de integrarlas en nuestra programación!! De este modo, si hago memoria aún recuerdo algunas de las preguntas que nos hacíamos los docentes cuando iniciábamos este curso 2022/23…


“¿¿Las situaciones de aprendizaje equivalen a las antiguas unidades didácticas?? ¿¿Mi programación didáctica se compone de varias unidades didácticas que se ven desarrolladas en Situaciones de aprendizaje?? ¿¿Realizo una situación de aprendizaje por cada unidad o también puedo meter varias situaciones dentro de una misma unidad?? Espera, espera… que ahora dicen que no se llaman unidades didácticas sino Unidades de Programación… “


Nos tenían bastante liados, incluso ahora seguro que muchos de vosotros tenéis muchas dudas al respecto. Déjame que te las aclare o al menos que te dé mi punto de vista.

A principios de curso una compañera de Economía, compartía por nuestro grupo de Whatsapp de docentes de Economía de Andalucía (una pasada de grupo…) uno de los cursos del INTEF que había realizado relacionado con el tema, en él aparecían detalles tales como…



Empezábamos mal, ya que existían párrafos como el segundo de la imagen en el que no se aclaraba nada sobre la diferencia existente entre unas y otras, en los que más bien parecía que daba lo mismo nombrarlas de una forma u otra. Sin embargo, cuando íbamos avanzando a lo largo del curso la cosa se iba aclarando.



Según lo visto en la última línea, desde el Ministerio nos indicaban que las Unidades de programación son como “una secuencia ordenada de situaciones de aprendizaje”

Por otro lado y utilizando otras fuentes, si nos vamos a la normativa específica de otras comunidades podemos apreciar como esto que aparecía en el curso, viene reflejado más claro.


De este modo, si nos vamos por ejemplo a la Orden EPF_755_2022 de 31 julio que establece el currículo y regula la ordenación del Bachillerato en la Ciudad de Melilla, podemos encontrar artículos tan interesantes y tan aclaratorios como el siguiente… Te dejo captura de la presentación que llevé a la ponencia que di allí… ¡¡Ojalá tuviéramos algo similar en Andalucía!!



Sin embargo, en Andalucía no estaba tan clara la cosa y esto es debido a que parecía que costaba librarnos del término de Unidad Didáctica (concepto que da importancia a los contenidos) y pasar al concepto de Unidad de Programación, más ligado al desarrollo de competencias. Y digo esto porque si durante el primer trimestre de 2023 nos hubiera dado por leer el borrador de la Orden que iba a desarrollar el currículo de Bachillerato para 2023 en adelante (la que ahora es la Orden de 30 de mayo de 2023), hubiéramos observado lo siguiente:



Es decir, el artículo 3.3 todavía dejaba la puerta abierta al uso del concepto “Unidades didácticas” en lugar de el de Unidades de Programación que aparecía en la mayoría de cursos formativos o normativas publicadas a lo largo del país. Sin embargo, si observamos el actual artículo 3 de la Orden de 30 de mayo de 2023 vemos que finalmente se ha rectificado y directamente se ha eliminado el apartado tercero, lo cual ya es algo a lo que tener muy en cuenta.


Bueno Victor entonces qué pasa en Andalucía?? Utilizamos Unidades didácticas, Unidades de programación, no usamos nada y solo utilizamos situaciones de aprendizaje??


En esta pregunta está la clave. Si te soy sincero no creo que sea muy relevante en tu calificación final que uses una terminología u otra ya que al fin y al cabo en la convocatoria de oposiciones de Andalucía nos pide, por cierto muy bien explicado en un Anexo, simplemente (dejando la puerta abierta a todo lo demás) que tenemos que elaborar 12 situaciones de aprendizaje si programamos para año impar, independientemente de que las incluyas dentro de una Unidad de Programación o no.


Pero desde mi punto de vista, este sería un buen momento para que demuestres al tribunal el tipo de opositor que eres y que pueda observar lo actualizado que estás y el montón de cursos que has hecho y charlas que “te has comido” (me refiero a ti o a tu preparador), por lo que yo sí que utilizaría el término de Unidades de programación en nuestra programación didáctica apoyándonos lógicamente en fuentes fiables, tales como los cursos formativos que acabo de mencionar o apoyándonos excepcionalmente en el nombre que reciben estas “estructuras que componen la programación didáctica” en la normativa de otras comunidades.


Pero sobre todo, recuerda que el tribunal no te va a crucificar porque uses un término u otro, o simplemente no uses ninguno de ellos. Lo que el tribunal quiere ver realmente es que eres una persona actualizada y que tiene claros todos estos conceptos y toda esta historia que te acabo de contar…


Una vez que ya tenemos claro esto, es hora de que comencemos con nuestra guía…


Te veo en la próxima entrada, en la que te hablaré de cuales son para mí las claves a tener en cuenta para la adecuada elaboración de una programación didáctica.


Víctor López Casquero.


Econfinados!!





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