En el marco jurídico actual de las empresas nos podemos encontrar con dos tipos de sociedades personalistas, que vamos a estudiar a continuación: la sociedad colectiva y la sociedad comanditaria simple.
La Sociedad Colectiva y Comanditaria Simple cuentan con una serie de características muy similares, sin embargo podemos encontrar alguna diferencia entre los distintos tipos de socios que la forman, según lo que cada uno aporte a la empresa.
CARACTERÍSTICAS DE LAS SOCIEDADES COLECTIVAS
Existen dos tipos de socios, los capitalistas (aportan capital y trabajo) y los industriales (solo aportan trabajo).
La transmisión de la propiedad es restringida, ya que los nuevos socios deben ser aceptados por todos los demás.
La responsabilidad es personal, ilimitada y solidaria.
Debe haber un mínimo de dos socios
Tributa por el impuesto de sociedades (IS)
No es necesario un capital mínimo para su constitución
CARACTERÍSTICAS DE LAS SOCIEDADES COMANDITARIAS SIMPLES
Existen dos tipos de socios, los colectivos (aportan capital y trabajo) y los comanditarios (solo aportan capital).
La transmisión de la propiedad es restringida, ya que los nuevos socios deben ser aceptados por todos los demás.
La responsabilidad es personal, ilimitada y solidaria para los socios colectivos, mientras que los socios comanditarios tienen su responsabilidad limitada al capital aportado.
Debe haber un mínimo de dos socios, y deben ser uno de cada tipo
Tributa por el impuesto de sociedades (IS)
No es necesario un capital mínimo para su constitución
Aquí os dejo un cuadro resumen en el que podréis apreciar estas características con mayor claridad:
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